PGR imparte capacitación sobre lavado de dinero

Boletín Especial.- En el marco de colaboración para la capacitación entre el cuerpo jurídico de la Procuraduría General de la República (PGR) y el Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE), así como mandos de la Policía Federal, se realizó la conferencia “¿Cómo prevenir el lavado de dinero?”, misma que impartió el ex Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la dependencia, Jorge Lara Rivera.

Ante más de 250 personas, el también profesor de la Universidad Anáhuac, resaltó la gravedad del problema que representa este ilícito en nuestro país, en virtud de que genera el 98 por ciento de impunidad en los delitos de “cuello blanco”.

En el Auditorio Alfonso Quiroz Cuarón del INACIPE, Lara Rivera, subrayó que, a nivel internacional, el lavado de dinero tiene ganancias superiores a los 300 mil millones de dólares anuales, y utiliza para su beneficio: defraudación fiscal, fraudes, peculado, cohecho, casinos, inmobiliarias, obras de arte, tráfico de totoaba (especie marina en peligro de extinción), terrorismo, secuestro, trata de personas, abogados, contadores y autos de lujo, entre otros.

La mayoría de estas operaciones, puntualizó, se realiza con dinero en efectivo y más del 50 por ciento de las operaciones no son bancarizadas. Tan sólo en nuestro país, agregó, la distribuidora de inversiones Stanford Fondos, calcula en 39 mil millones de dólares las ganancias producto del lavado de dinero.

En el aspecto legal, el ex funcionario federal, ubicó 13 estados de la República Mexicana que no contemplan el lavado de dinero como delito y, en consecuencia, son víctimas fáciles de aquellos que se dedican a esta operación ilícita. 

El delito, explicó Lara Rivera, está contemplado en el Artículo 400 bis del Código Penal Federal que establece sancionar con pena de cinco a 15 años de prisión y de mil a cinco mil días de multa, al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

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