México prohíbe la exhibición y la publicidad de los cigarros

El día de ayer domingo 15 de enero de 2023 entran en vigor las modificaciones al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, con las cuales queda prohibido exhibir las cajetillas de cigarros en los mostradores de tiendas y otros puntos de venta.

La nueva modificación establece en el artículo 33 que los puntos de venta de todo el país no podrán mostrar, directa o indirectamente, los productos elaborados con tabaco.

El reglamento describe como exhibición directa “la colocación de los productos de tabaco a través de estantes, mostradores o exhibidores» donde el consumidor pueda observarlos y tomarlos directamente.

Mientras que considera exhibición indirecta cuando los cigarros se almacenen en cajas o recipientes cerrados y se coloquen encima o debajo del mostrador, en armarios o cajones cerrados “que le permitan al consumidor observar indirectamente dichos productos”.

De acuerdo con esta reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2022, estos dos tipos de exhibición se consideran una “acción comercial de publicidad” que se realiza “con el fin de promover y alentar la compra”.

Por ello, la exhibición no podrá realizarse, pues la ley prohíbe “realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco”.

A partir de este domingo, la venta de los cigarrillos se realizará a través de una lista con los productos de tabaco y sus precios, pero sin incluir logotipos, sellos o marcas.

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