Impedir, negar, restringir o condicionar acceso a personas con discapacidad será considerado discriminación.

Por unanimidad de 483 votos, fue aprobado en la Cámara de Diputados el proyecto de decreto para reformar el artículo 9 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación para que se considere como discriminación el impedir, negar, restringir o condicionar el acceso de las personas con discapacidad a establecimientos públicos con acompañantes o animales de asistencia.

Negar el acceso a animales de asistencia de personas discapacitadas podrá ser considerado como discriminación tras esta aprobación.

Las adiciones de las fracciones XXII Quáter y XXII Quintus también establecen como discriminación el obstruir cualquier medida de accesibilidad en el entorno físico, el transporte, la información, tecnología y comunicaciones, en servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público y demás elementos destinados a la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México hay casi 8 millones de personas con discapacidad.

El documento, remitido al Senado, refiere que 2 millones 719 mil 152 personas con discapacidad visual o alguna limitación para ver se enfrentan a un sinfín de obstáculos para el ejercicio de sus derechos, como a la salud, educación y trabajo, ya que no se cuenta con los mecanismos o sistemas de apoyo para que puedan incluirse.

Durante la sesión, la diputada del PRI, Norma Angélica Aceves García, señaló la inefectividad de contar con los elementos necesarios para disfrutar una adecuada movilidad, si en los centros de acceso al público se les prohíbe el ingreso o no se puede disfrutar de los mecanismos.

“De nada sirve que exista un inmueble con diseño universal o con los ajustes razonables suficientes, si no existen los medios, el desarrollo urbano o el transporte accesible que les permita trasladarse y llegar a dicho inmueble”, reiteró Aceves García.

“O cuando aún existiendo mecanismos de apoyo, la dinámica social y la falta de conciliación rebasan la capacidad operativa de las autoridades que se traducen, ni más ni menos, en la obstrucción o anulación de estas medidas en perjuicio, por supuesto, de las personas con discapacidad”, continuó.

Denunció los reclamos recibidos por invasión de guías podotáctiles, espacios en el metro de la Ciudad de México, así como la negación a acceder a un establecimiento con perros guías. Afirmó que esto representa un claro desconocimiento del papel que en la vida de una persona con discapacidad representa un animal de asistencia.

“Tiene la finalidad de establecer como discriminación el impedir, negar, restringir o condicionar al acceso de las personas con discapacidad a establecimientos públicos con animales de apoyo o asistencia así como obstruir guía portátiles, rampas de acceso, señalizaciones en sistema braille y demás elementos destinados a la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad”, concluyó.

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