Cofepris deberá entregar autorizaciones emitidas para uso de plasma sanguíneo de recuperados de COVID-19.

El caso se presentó ante el Pleno del Inai después de que un solicitante apelara la respuesta de Cofepris sobre dicha información, en la que la dependencia se declaró incompetente y sugirió remitir la solicitud a la Secretaría de Salud (SSa).

Al interponer el recurso de revisión pertinente, la persona interesada indicó que la dependencia sí debe tener los datos pues en una nota periodística se señala que aprobó en Tabasco el protocolo de investigación planteado por el Centro Estatal de Hemoterapia para el uso de plasma sanguíneo de personas recuperadas de COVID-19, como tratamiento alternativo.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov advirtió que en efecto, en conjunto con la SSa, la Cofepris expidió y publicó los Lineamientos para la obtención, procesamiento y uso de plasma convaleciente de donantes recuperados de infección por SARS-CoV-2 para uso terapéutico en un protocolo de investigación.

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