Si usas este dispositivo puedes ir a la cárcel; a partir de hoy

MÉXICO.- El uso, portación y comercialización de los dispositivos mejor conocidos como “jammers” encargados de bloquear o anular las señales de telefonía celular o de transmisión de datos o imagen; será castigado con más de 10 años de cárcel según el decreto que adiciona un artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; así como un artículo al Código Penal Federal.

Desde este sábado 25 quedan prohibidos los dispositivos

El pasado viernes 24 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que prohíbe el uso, fabricación, comercialización o posesión de dispositivos bloqueadores de señales de celulares, mejor conocidos como “jammers”.

A través del decreto publicado en el DOF se señala que se adiciona el artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el que señala lo siguiente:

Queda prohibida la fabricación, comercialización, adquisición, así como la instalación, portación, uso y operación de equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen”, señala el documento.

Asimismo, exhorta de esta prohibición a autoridades de los centros de reinserción social, penitenciarias o reformatorios para menores.

Con excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, se podrá instruir la fabricación, comercialización, adquisición, instalación, portación para el uso y operación por parte de las autoridades encargadas de los centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centro de internamiento para menores, para efectos de lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 190 de esta Ley, así como para el uso y operación de los mismos por parte de las instancias de seguridad pública federales y de seguridad nacional en cumplimiento de sus atribuciones”, apunta el decreto.

Más de 12 años de cárcel a quien tenga estos dispositivos

Además de la integración de un artículo a la ley de telecomunicaciones, se modificó el Código Penal Federal con la adición de un artículo para que se castigue con una pena de entre 12 a 18 años a quien use, venda o instale los dispositivos bloqueadores de señales. Esto dice la ley:

Se sancionará con pena de doce a quince años de prisión, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen con excepción de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 190 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, se lee en el documento del Diario Oficial de la Federación.

Una oportunidad para no ir a la cárcel si tienes estos dispositivos

Un artículo transitorio del agregado al Código Penal Federal da un “periodo de gracia” de 30 días a quienes posean los dispositivos también llamados jammers, pues señala que a partir de la entrada en vigor del decreto, es decir este sábado, se tiene un mes para entregar los objetos a las autoridades competentes.

Los particulares que posean aparatos o equipos que sirvan para bloquear, cancelar o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen, deberán de entregar los mismos a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruir o en su caso excluir del país, en un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor del presente Decreto”.

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