Habrá cárcel para quien discrimine por motivos religiosos

Luego de una votación de 366 a favor, dos en contra y 32 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó una serie de reformas al Código Penal Federal, por medio de las cuales se tipifica como delito la discriminación por motivos religiosos y por discapacidad.

De esa forma los legisladores establecieron que las hechos serán penalizados con castigos que van de uno a tres años de prisión, así como con 150 y hasta 300 días de trabajo comunitario, e incluso, por multas de hasta 200 días de multa.

La diputada del Partido Verde, Lía Limón, destacó que “en 2008 fueron documentados 87 casos de discriminación a minorías religiosas por distintas instancias evangélicas en las que se argumentaban expulsiones, quema y obstrucción de casas y templo, extorsiones, marginación de programas sociales, amenazas, encarcelamiento, secuestros, homicidios incluso”.

La iniciativa contempla como conductas discriminatorias los comportamientos relacionados con las agresiones por motivos de nacionalidad, pertenencia étnica, raza, color de piel, condición social, salud, embarazo, opiniones políticas y otras, las razones religiosas o asociadas a la discapacidad.

Sin embrago se aclara que no se tomarán en cuenta los casos referentes a “todas aquellas medidas tendientes a la protección de los grupos socialmente desfavorecidos y las que garantice el Estado laico, de conformidad con lo establecido en la Constitución”.

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